El Ministerio de Economía aprueba la nueva normativa que entrará en vigor el 12 de agosto.
Las tasaciones de inmuebles para calcular su valor de cara a las concesiones de hipotecas incluirán a partir de dos meses todos los datos y aspectos climáticos del inmueble que puedan afectar e incidir en su precio.
El Ministerio de Economía ha aprobado la Orden sobre las normas de valoración de inmuebles que modifica la de 2003, publicada este jueves en el BOE, y que entrará en vigor el 12 de agosto.
A partir de entonces, las tasaciones tendrán que tener en cuenta toda la información climática del inmueble que pueda afectar a su valor actual o futuro para que las entidades financieras lo tengan en cuenta a la hora de conceder la hipoteca.
Más allá de la eficiencia energética de la vivienda o el local, las sociedades tasadoras deberán analizar también tanto el impacto del bien en el medio ambiente (si contamina o emite residuos al aire, agua o suelo o gasta demasiados recursos hídricos) como los riesgos climáticos que afronta. Es decir, si por la zona en la que se ubica está expuesto a inundaciones (por ejemplo, si está muy cerca del mar o de un río) o a cualquier episodio
medioambiental. Estos mismos criterios para valorar inmuebles se tendrán en cuenta para los seguros y se utilizarán también para calcular el patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), carteras de inmuebles de bancos, aseguradoras o fondos de pensiones.
La norma obliga a las sociedades de tasación a incluir en todos sus informes el Certificado de Eficiencia Energética de la vivienda, si está construida, aunque no les obliga a su emisión, solo a insertarlo.
Otro de los cambios que trae la nueva Orden es que en las tasaciones ya no se tendrá en cuenta la superficie útil del inmueble de forma conjunta. Es decir, la valoración se hará solo por el espacio que realmente ocupa el bien, sin tener en cuenta los elementos exteriores, tendrán que ser valorados de forma independiente.
Fuente informativa: El Economista